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Decreto para tomar las armas en defensa de la Patria, previo a la Batalla de Monterrey ( Pedro de Ampudia, 12 de septiembre de 1846)

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Gobierno del Estado de Nuevo León [membrete] Pedro de Ampudia, General en Gefe del cuerpo de ejército del Norte, y encargado del poder del Estado de Nuevo León, á todos sus habitantes, sabed: Que por el Ministerio de Guerra y Marina, se me ha comunicado con fecha 28 de Agosto prócsimo pasado el decreto que sigue. “Exmo. Sr – El Exmo. Sr. General en gefe del ejército, D. J Mariano de Salas, se ha servido dirigirme el decreto que sigue. José Mariano de Salas, general de brigada y en gefe del ejército libertador republicano, en ejercicio del supremo poder ejecutivo, á los habitantes de la República, sabed: Que teniendo en consideración la urgentísima necesidad en que está la República de ponerse en un verdadero estado de defensa, porque una gran parte de su territorio ha sido invadidas injustamente por los Estados Unidos de   América, y estando en el honor y en el deber de los mexicanos el sostener sus mas caros derechos, atacados por aquella nación, he venido en decretar lo sigui

Decreto de erección de Villa de Juárez, Nuevo León

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                     GERONIMO TREVIÑO, General de Brigada y Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, a sus habitantes hago saber: que el Honorable Congreso del mismo, ha decretado lo que sigue: NUM. 36 El Soberano Congreso representando al pueblo de Nuevo León, decreta lo siguiente: Art. 1º.- Se erige una nueva municipalidad , compuesta de la hacienda de San José, que será su cabecera, la de San Antonio, Santa Ana de arriba , Santa Ana de abajo, San Roque, San Marcos, Las Adjuntas, Vaquería, Rancho Viejo, La Pinta, La Ciudadela, San Mateo, La Lobita, Cieneguita y la Hacienda de los Garzas y Garzas Garcías. Art. 2º .- Esta municipalidad se llamará VILLA DE JUAREZ. Art. 3º.- Inmediatamente después de publicado este decreto, procederán los vecinos de esa nueva Villa a nombrar sus funcionarios municipales. Art. 4º.- Los límites jurisdiccionales de esta nueva Villa se fijarán por el Ejecutivo pidiendo los informes correspondientes. Lo tendrá entendido el C. Gober

Decreto de erección de Lampazos de Naranjo, Nuevo León

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Genaro Garza García, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, a todos sus habitantes hago saber: que el H. Congreso del mismo, ha tenido a bien decretar lo siguiente: NUM . 18 El 19º. Congreso Constitucional del Estado, representando al pueblo Libre y Soberano de Nuevo León, decreta: Artículo Único .- Se cambia a la villa de Lampazos el nombre que actualmente lleva, por el de Lampazos de Naranjo. Lo tendrá entendido el C. Gobernador, mandándolo imprimir, publicar y circular a quienes corresponda. Dado en el Salón de Sesiones del Congreso del Estado, en Monterrey, a 26 de octubre de 1877. Emeterio de la Garza, Diputado Presidente. – D. Martínez Echartea, Diputado Secretario .- Miguel de Luna, Diputado Secretario. Por tanto, mando se imprima, publique , circule y se le dé el debido cumplimiento. Monterrey, octubre 31 de 1877. Genaro Garza García .- Modesto Villarreal , Secretario.

CÓLERA EN MONTERREY (1849)

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NOTA DE EL ORGANO OFICIAL DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN, 7 DE JUNIO DE 1849 "Doce individuos sucumbieron en la semana que comprende el presente número: uno el día 1º del actual, seis el 2, uno el 3, el 4 y el 5 ninguno, cuatro el 6, hoy para las nueve de la mañana aún di el cuanto boleta alguna de entierro. Cuando creíamos fundadamente que esta semana fueran menos los muertos que en la anterior, vemos con sentimiento que ha habido un aumento de cuatro; no porque la pandemia haya vuelto, como pudiera creerse al ver que en un solo día fallecieron seis, sino porque todos estos casos se han dado precisamente por excesos muy marcados. Ni sospecharse puede reacción alguna en la atmósfera, porque si tal sucediera, no hubiéramos pasado dos días enteramente libres en medio de lo que ha alarmado a la población. Si la 1ª autoridad política de esta Capital no prohíbe absolutamente la venta de frutas, de licores, carne seca y cuantos otros alimentos sean perniciosos a la sa

LA NIÑEZ DE ISRAEL CAVAZOS

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Por Jesús Adrián Cruz Martínez E l Maestro Israel Cavazos Garza recordó siempre su niñez con alegría y añoranza, principalmente aquella convivencia con sus padres doña Antonia y don David y sus 5 hermanos: Gloria, María del Socorro, Rogelio, David y Héctor. Fue en esta etapa en la que surgió su vocación por la Historia. Su padre, extraordinario lector, como él lo calificaba, solía sentarlo en sus piernas para contarle alguna historia o leerle algún libro, principalmente novelas históricas. El 2 de enero de 1923, día de su nacimiento, su padre leía una historia de Moisés, de ahí que le fuera impuesto el nombre de Israel. Nació y creció frente a la plaza principal de la entonces villa de Guadalupe, que no llegaba a 1500 habitantes, de tal forma que la plaza se convirtió en su lugar de juegos, ya fuera con una llanta abandonada, un juego improvisado de béisbol con una pelota hecha con trapos viejos o subir al campanario de la iglesia y divisar el Guadalupe formado de solares y arbol

Proclama de Juan Zuazua a los zacatecanos ( Toma de Zacatecas, 27 de abril de 1858)

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Z acatecanos: una fracción retrógrada , partidaria de honores y distinciones, que en los gobiernos donde se estima la dignidad del hombre, sólo se otorgan ´a la virtud , al trabajo y á la ilustración, cuando ésta se emplea en bien de la humanidad , había derrocado á vuestros mandatarios constitucionales , sustituyéndoles con otros que ejercían el poder por su propia autoridad. La división de mi mando ha vencido ayer á los soldados de esa facción, y os devuelvo á vuestros legítimos representantes, y al digno Gobernador constitucional que tenías. Seguid bajo su dirección el sendero de la ley, del orden y de la verdadera libertad , y combatid con valor y decisión á todo el que trate de arrebataros vuestra soberanía. La soberanía pertenece al pueblo, y el pueblo que conoce su soberanía es invencible. Zacatecanos: Dedicaos con tranquilidad á vuestros trabajos domésticos y nada temais, porque sólo te tendrán que sufrir los que hayan tomado parte activa en favor de la reacción. ¡Viva la liber

PLAN DE GUADALUPE (23 DE MARZO DE 1913)

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  Manifiesto a la Nación, 26 de marzo de 1913 Considerando que los Poderes Legislativo y Judicial han reconocido y amparado en contra de las leyes y preceptos constitucionales al general Victoriano Huerta y sus ilegales y antipatrióticos procedimientos, y considerando, por último, que algunos Gobiernos de los Estados de la Unión han reconocido al Gobierno ilegítimo impuesto por la parte del Ejército que consumó la traición, mandado por el mismo general Huerta, a pesar de haber violado la soberanía de esos Estados, cuyos Gobernadores debieron ser los primeros en desconocerlo, los suscritos, Jefes y Oficiales con mando de las fuerzas constitucionales, hemos acordado y sostendremos con las armas el siguiente: PLAN 1º.- Se desconoce al general Victoriano Huerta como Presidente de la República. 2º.- Se desconoce también a los Poderes Legislativo y Judicial de la Federación. 3º.- Se desconoce a los Gobiernos de los Estados que aún reconozcan a los Poderes Federales que forman la actual Admin